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    <titulo>– Montejo de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MONTEJO DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
103Montejo de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Por el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de diciembre de 2024, se acordó la aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos de Montejo de la Sierra.
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la misma estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://montejodelasierra.sedelectronica.es ). Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo
Montejo de la Sierra, a 16 de diciembre de 2024..El alcalde, Ismael Martín Hernán.
(03/20.786/24)</texto>
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