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    <fecha_publicacion>2025/01/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento 2816/2024</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10
25Madrid número 10. Procedimiento 2816/2024
EDICTO
Dña. M. Eva Tardón Silvestre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción n.o 10 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.o 2816/2024, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.o 460/2024
Juez/magistrado- juez: Dña. M. Antonia de Torres Díez-Madroñero.
Lugar: Madrid.
Fecha: once de diciembre de dos mil veinticuatro.
Vistos por mí, Dña. M. Antonia de Torres Díez-Madroñero, magistrado-juez de este Juzgado de Instrucción n.o 10 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve n.o 2816/2024, en los que ha sido parte del ministerio fiscal, contra CRISTOPHER ALEXANDER GRANDA GONZÁLEZ, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia.
FALLO
Que debo de condenar y condeno a CRISTOPHER ALEXANDER GRANDA GONZÁLEZ, como autor de un delito leve de estafa, a la pena de multa de 1 mes, a razón de 3 euros/día (en total 90 euros), con 15 días de responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago, y al abono de las costas causadas en esta instancia. Debiendo indemnizar al perjudicado en la cantidad de 20 euros por los perjuicios sufridos.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a CRISTOPHER ALEXANDER GRANDA GONZÁLEZ, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 9 de enero de 2025.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/375/25)</texto>
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