<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250131-87</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/01/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>26</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20250131-87</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/01/31/BOCM-20250131-87.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/01/31/BOCM-20250131-87.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/01/31/BOCM-20250131-87.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/01/31/BOCM-20250131-87.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>VILLAVICIOSA DE ODÓN</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
87Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Ordenanza fiscal
En el Servicio de Rentas de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público el acuerdo provisional que a continuación se relaciona, adoptados por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 21 de enero de 2025:
Implantación de la ordenanza fiscal siguiente:
Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos  de competencia municipal
Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:
a)	Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles desde la publicación de este anuncio en le BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
c)	Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en el plazo de información pública, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo.
Villaviciosa de Odón, a 21 de enero de 2025..El alcalde-presidente, Juan Pedro Izquierdo Casquero.
(03/978/25)</texto>
</documento>