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    <fecha_publicacion>2025/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Arroyomolinos. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ARROYOMOLINOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Arroyomolinos. Régimen económico. Ordenanza fiscal
D. Luis Quiroga Toledo, alcalde del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), según acuerdo Plenario de fecha 17 de junio de 2023.
Advertido error material en el tramo número 9, del artículo 5.1.1 “Cuota tributaria y beneficios fiscales”, en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del Servicio de Gestión de Residuos de Competencia Local del Ayuntamiento de Arroyomolinos, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 302, de fecha 19 de diciembre de 2024. En uso de las atribuciones conferidas según el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelve primero corregir el error detectado:
Donde dice:
Artículo 5.  Cuota tributaria y beneficios fiscales.
1.1.  Viviendas: por cada vivienda y trastero y/o garaje anejo (se entiende por vivienda la que se destina a domicilio particular de carácter familiar), se aplicará la tarifa siguiente:

Debe decir: 
Artículo 5.  Cuota tributaria y beneficios fiscales.
1.1.  Viviendas: por cada vivienda y trastero y/o garaje anejo (se entiende por vivienda la que se destina a domicilio particular de carácter familiar), se aplicará la tarifa siguiente:

En Arroyomolinos, a 6 de febrero de 2025..El alcalde, Luis Quiroga Toledo.
(03/2.030/25)</texto>
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