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    <titulo>– Alpedrete. Organización y funcionamiento. Ordenanza depósito objetos perdidos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>ALPEDRETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
61Alpedrete. Organización y funcionamiento. Ordenanza depósito objetos perdidos
Al no haberse presentado reclamaciones/sugerencias durante el plazo de exposición al público de treinta días hábiles, transcurridos desde el día 16 de diciembre de 2024 al día 29 de enero de 2025, ambos inclusive, según el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de fecha 13 de diciembre de 2024, respecto al acuerdo Plenario de aprobación inicial de la ordenanza de depósito, custodia y devolución de los objetos perdidos e intervenidos, adoptado en sesión ordinaria de fecha 28 de noviembre de 2024, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional y se hace público el texto íntegro definitivo de dicha norma, para su general conocimiento y entrada en vigor, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva y el texto de la ordenanza se podrá interponer por los interesados el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todo ello sin perjuicio de cuantas otras acciones o recursos se consideren pertinentes por los interesados.



















Alpedrete, a 7 de febrero de 2025..El alcalde, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.
(03/2.103/25)</texto>
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