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    <titulo>– La Cabrera. Régimen económico. Calendario fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>LA CABRERA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LA CABRERA
RÉGIMEN ECONÓMICO
56La Cabrera. Régimen económico. Calendario fiscal
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria; en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el reglamento general de recaudación, y el artículo 12 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección de los tributos locales, se procede a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en sede electrónica municipal, el calendario fiscal y el anuncio de cobranza de los tributos municipales de vencimiento periódico, y notificación colectiva para el año 2025, aprobado por esta Alcaldía mediante decreto 2025-0163 de 25 de febrero de 2025:
Calendario fiscal 2025
.	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 1 de abril al 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive.
.	Tasa de vados: del 1 de abril al 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive
.	Tasa de recogida de basura:
	Primer semestre: del 1 de abril al 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive.
	Segundo semestre: del 1 de julio al 22 de diciembre de 2025, ambos inclusive.
.	Impuesto sobre bienes inmuebles (urbanos y rústicos): del 1 de julio al 22 de diciembre de 2025, ambos inclusive.
.	Impuesto sobre actividades económicas: del 1 de julio al 22 de diciembre de 2025 ambos inclusive.
En La Cabrera, a 25 de febrero de 2025..El alcalde, Ismael de la Fuente Soria.
(01/3.118/25)</texto>
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