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    <titulo>– Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>COLMENAR VIEJO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
53Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En esta Entidad Local y conforme a lo establecido en el artículo 177 en relación el artículo 169, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, los siguientes expedientes:
.	Expediente MC 02-5047/2025.  Crédito extraordinario y/o suplemento de crédito financiado con remanente de Tesorería de la liquidación del presupuesto 2024, aprobado de forma inicial por acuerdo del Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2025.
Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
A.  Plazo de exposición del expediente y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
B.  Oficina de presentación: Registros del Ayuntamiento presencialmente o en Sede Electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
C.  Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
D.  La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Colmenar Viejo, a 2 de abril de 2025..El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.
(03/5.432/25)</texto>
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