<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250415-99</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/04/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Valdemorillo. Régimen económico. Matrícula impuesto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>89</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20250415-99</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/15/BOCM-20250415-99.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/15/BOCM-20250415-99.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/15/BOCM-20250415-99.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/04/15/BOCM-20250415-99.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>VALDEMORILLO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
99Valdemorillo. Régimen económico. Matrícula impuesto
Remitida por la Administración tributaria del Estado la matrícula del impuesto sobre actividades económicas (IAE) del ejercicio 2025 y de acuerdo con el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, artículo 3 “Exposición de la matrícula”, se pone la misma a disposición del público en el Ayuntamiento de Valdemorillo (departamento de Recaudación), sito en la plaza de la Constitución, número 1, durante quince días naturales que empezarán a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Con arreglo al artículo 4 “Recursos contra la matrícula”, del RD 243/1995, contra los actos de inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como su exclusión o alteración de cualquiera de los datos a que se refiere el artículo 2.2 de la señalada norma, se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT, delegación de El Escorial, Madrid), o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo de Madrid, en el plazo de un mes desde el día siguiente al del término del período de exposición pública.
La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra los actos censales señalados no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde expresamente la AEAT o el Tribunal Económico-Administrativo competente.
Valdemorillo, a 4 de abril de 2025..El alcalde-presidente, Santiago Villena Acedos.
(01/5.564/25)</texto>
</documento>