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    <identificador>BOCM-20250505-6</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2025/05/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/04/10</fecha_disposicion>
    <titulo>Resolución proceso selectivo
– Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que, en cumplimiento de auto judicial, se hace pública la superación por un aspirante del proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, convocado por Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Función Pública</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>106</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
6RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que, en cumplimiento de auto judicial, se hace pública la superación por un aspirante del proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, convocado por Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Función Pública.
Mediante Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 13, de 16 de enero de 2020), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, publicándose el listado de personas aspirantes aprobadas en el indicado proceso a través de Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 7 de agosto), y siendo aquellas nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo, Escala y Categoría de referencia por Orden de 8 de septiembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 222, de 18 de septiembre).
En relación a las especificadas pruebas, con fecha 5 de diciembre de 2023, fue dictado auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid, ordenando la estricta ejecución de la sentencia firme n.o 710, de 19 de julio de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, estimatoria del recurso de apelación seguido a instancia de D. Álvaro Javier Pérez de Zabalza Lorenzana contra la sentencia de 29 de diciembre de 2017, emitida por el mencionado Juzgado, en el procedimiento abreviado n.o 132/2017.  
En observancia de lo dispuesto en el auto judicial recaído, mediante Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero), se procedió a la inclusión del interesado en la relación definitiva de personas aspirantes admitidas al reseñado proceso selectivo y a su convocatoria para la realización del ejercicio de la oposición.
A la vista de lo expuesto, una vez desarrollados los trámites y habiendo sido también practicadas las actuaciones correspondientes en los términos estipulados en la enunciada Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, y como quiera que, a resultas de las mismas, el aludido participante, a tenor del Acuerdo elevado por el Órgano de Selección de las señaladas pruebas, ha superado estas, la Dirección General de Función Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, 
HA RESUELTO
Primero
1.  Declarar la superación, por D. Álvaro Pérez de Zabalza Lorenzana, del proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, convocado por Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 13, de 16 de enero de 2020), todo ello a propuesta del Tribunal Calificador de dichas pruebas y en ejecución del expresado auto de 5 de diciembre de 2023, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 32 de Madrid. 
El aspirante en cuestión ha obtenido en el citado proceso las calificaciones que se concretan de inmediato: 

2.  Proceder a la modificación, conforme a los extremos siguientes, del Anexo de la indicada Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 7 de agosto), por la que se resuelve el mencionado proceso selectivo, Anexo aquel que contiene la relación de personas aspirantes aprobadas en el mismo:
.	D. Álvaro Pérez de Zabalza Lorenzana, en atención a la calificación final de 70,66 puntos por él alcanzada en las reseñadas pruebas, deberá constar en esa relación con el número de orden 32.
.	Como consecuencia de lo anterior, los aspirantes comprendidos entre D. Alejandro Montero Justo (DNI ***6703**) y D. Javier Apesteguía Díaz (DNI ***0912**), ambos inclusive, habrán de ocupar, en el listado de aprobados del proceso, los números de orden incluidos entre el 33 y el 38, respectivamente.
Segundo
1.  Con objeto de proceder al nombramiento de D. Álvaro Pérez de Zabalza Lorenzana como personal funcionario de carrera del Cuerpo, Escala y Categoría de referencia, el interesado dispondrá de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, contemplada en el apartado sexto de la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, en consonancia con lo establecido en la base segunda de la señalada Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, debiendo ir destinada la pertinente documentación a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el punto 2 de este apartado segundo: 
A)	Copia del Documento Nacional de Identidad.
B)	Copia del título de Bachiller, o del título de Técnico, o de cualquiera otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, de acuerdo con la normativa existente en la materia, o, en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto. Si se tratara de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial de homologación o del certificado de equivalencia, conforme a la regulación que resulte de aplicación a tal efecto.
	En el supuesto de poseer la experiencia sustitutoria de la titulación en los términos previstos en la expresada base segunda de la Orden de convocatoria, se estará a lo determinado en el apartado tercero de la presente Resolución. 
C)	Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 
	El modelo con objeto de cumplimentar esa declaración jurada o promesa será facilitado por la enunciada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquel a través del enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-funcionario-nuevo-ingreso  y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”.
2.  No obstante, no será necesario aportar la documentación precisada en la letra A) ni la titulación descrita en la letra B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van ellas referidas, salvo si el interesado se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos consignada a tal fin en el modelo delimitado en el punto 3 de este apartado segundo. 
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida únicamente será posible siempre y cuando el aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir a las aludidas pruebas. En caso contrario, deberá aportarse la documentación acreditativa de la titulación comprendida en la letra B).
3.  La documentación detallada anteriormente será presentada telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, que estará disponible en la URL https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-funcionario-nuevo-ingreso , en el apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”, y adjuntándose a aquel la documentación adecuada que hubiera de aportarse.
Asimismo, podrá accederse a ese enlace en la página web:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-jefe-equipo-c1-pi-2019 .
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Tercero
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado noveno de la base decimocuarta de la mencionada Orden 290/2018, de 27 de junio, a efectos de la acreditación de la posesión del penúltimo requisito contenido en el apartado primero de la base segunda de la ya reiterada Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, así como del requisito recogido en la base 6.1.e) de la indicada Orden 290/2018, de 27 de junio, y, en su caso, de la experiencia sustitutoria de la titulación en los términos fijados en esa base segunda, la Administración realizará, de oficio, las comprobaciones oportunas de dichos extremos. 
Cuarto
De conformidad con lo estipulado en el apartado segundo de la base octava de la señalada Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, el cumplimiento del requisito final contemplado en el apartado primero de su base segunda, se acreditará mediante la aportación de un certificado emitido por el Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, en el que se haga constar que el aspirante, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso de referencia, tenía superados los reconocimientos médicos periódicos establecidos por ese Servicio y que, en virtud de los resultados de los mismos, reunía las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para el desempeño de las tareas propias de la Categoría de Jefe de Equipo de la Escala Ejecutiva u Operativa del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, y que, igualmente, tenía superada la prueba de control físico anual del personal del Cuerpo de Bomberos correspondiente a la última edición de esta prueba realizada con anterioridad a la publicación de la citada Orden de convocatoria. 
El certificado antes detallado se obtendrá, de oficio, por la Administración, salvo si el interesado se opusiera expresamente a la verificación de la información a que va referido aquel. 
Quinto
En aplicación de lo determinado en el apartado décimo de la base decimocuarta de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, si el aspirante, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditase la observancia de los requisitos exigidos en el especificado proceso selectivo, o si del examen de la documentación correspondiente, o de la obtenida de la consulta practicada de oficio en los supuestos descritos, se dedujera que carece de alguno de los mismos, perderá su derecho a ser nombrado personal funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia o documentación.
Sexto
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de abril de 2025..La Directora General de Función Pública (por delegación de firma, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.
(03/6.382/25)</texto>
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