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    <identificador>BOCM-20250519-15</identificador>
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    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2025/05/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Concurso de méritos
– Orden de 6 de mayo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se deja sin efecto parcialmente la Orden de 24 de febrero de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo), por la que se aprobaba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Agencia de Vivienda Social, por el procedimiento de Concurso de Méritos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
15ORDEN de 6 de mayo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se deja sin efecto parcialmente la Orden de 24 de febrero de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo), por la que se aprobaba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Agencia de Vivienda Social, por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Efectuada convocatoria pública para la provisión mediante la Orden de 24 de febrero de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo), de la Consejería de Vivienda, Transporte e Infraestructuras, por el procedimiento de Concurso de Méritos previsto en el artículo 49.1 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, de varios puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera vacantes en la Agencia de Vivienda Social, por razones de naturaleza organizativa.
RESUELVO
Dejar sin efecto parcialmente la Orden de 24 de febrero de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo), de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, excluyendo de la misma el puesto de trabajo número 36489, denominado “Subsección Archivo”, manteniendo la convocatoria de los restantes puestos en los mismos términos en los que se convocaron.
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Madrid, a 6 de mayo de 2025..El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), el Director-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, Eusebio González Castilla.
(03/7.129/25)</texto>
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