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    <fecha_publicacion>2025/06/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Ordenanza normas instalaciones deportivas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>TORRES DE LA ALAMEDA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
86Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Ordenanza normas instalaciones deportivas
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional, de 27 de marzo de 2025, de la modificación de la ordenanza reguladora de las normas generales de utilización de las instalaciones deportivas municipales por el uso de instalaciones deportivas y otros servicios análogos del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACIÓN DE ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
Primero..Se modifica el artículo 2, añadiendo al listado de instalaciones deportivas municipales las siguientes:
.	Pista polideportiva del Parque Olof Palme.
.	Pistas polideportivas del Recinto Ferial.
.	Skate Park en la calle Palmeras.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“Artículo 2.  Ámbito de aplicación..Esta ordenanza será de aplicación en las siguientes instalaciones deportivas municipales y sus espacios análogos:
Polideportivo municipal (calle Palmeras):
.	...
	Piscinas municipales.
	Pista polideportiva en calle Miguel de Cervantes.
	Pista polideportiva en Parque Olof Palme.
	Skate Park en calle Palmeras.
	Pistas polideportivas del Recinto Ferial”.
Segundo..Se modifica el apartado 5, del Anexo I, de Normas Generales de Utilización, de tal manera que se permita el acceso de público con animales de compañía a aquellos espacios al aire libre que formen parte de la zona de espectadores.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“ANEXO I
NORMAS GENERALES DE UTILIZACIÓN
...
5.  Se prohíbe acceder a las instalaciones con animales de compañía, exceptuando personas invidentes o con deficiencia visual usuarios de perros guía al entorno, y exceptuando el acceso de público con animales de compañía a aquellos espacios al aire libre que formen parte de la zona de espectadores.
…”.
Tercero..Se modifica el apartado 3.2 del Anexo VII, de normas de uso de la piscina municipal, de tal manera que se prohíbe el acceso de animales, excepto para aquellas actividades específicas que impliquen la participación de los mismos, y siempre que sea fuera de las fechas de apertura destinadas al uso público.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“ANEXO VII
NORMAS DE USO DE LA PISCINA MUNICIPAL
...
3.2.  Está prohibido:
.	El acceso con calzado de calle.
.	El acceso de bicicletas, patines o monopatines, etc.
.	El acceso de animales, excepto para aquellas actividades específicas que impliquen la participación de los mismos, y siempre que sea fuera de las fechas de apertura destinadas al uso público.
...”.
Cuarto..Se modifica el título del Anexo VIII, de normas de uso de la pista polideportiva de la calle Miguel de Cervantes, de tal manera que se incluyen en este anexo las pistas polideportivas del Parque Olof Palme y las pistas polideportivas del Recinto Ferial.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“ANEXO VIII
NORMAS DE USO DE LAS PISTAS POLIDEPORTIVAS DE LA CALLE MIGUEL DE CERVANTES, DEL PARQUE OLOF PALME Y DEL RECINTO FERIAL”
Quinto..Se modifica el título del Anexo IX, de normas de uso de la zona de patinaje en la plaza del Recinto Ferial, de tal manera que se incluyen en este anexo el Skate Park de la calle Palmeras.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“ANEXO IX
NORMAS DE USO DE LA ZONA DE PATINAJE EN LA PLAZA DEL RECINTO FERIAL Y DEL SKATE PARK DE LA CALLE PALMERAS”
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Torres de la Alameda, a 28 de mayo de 2025..El alcalde-presidente, José Antonio Blanco Heras.
(03/8.497/25)</texto>
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