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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
RÉGIMEN ECONÓMICO
87Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Padrones fiscales
Aprobado por la Junta de Gobierno Local, con fecha 4 de junio de 2025, los padrones fiscales correspondientes al impuesto sobre bienes inmuebles y a la tasa sobre recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos del ejercicio de 2025, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se expone al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, tablón virtual por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y las liquidaciones contenidas en los mismos, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Villanueva del Pardillo, a 9 de junio de 2025..El concejal-delegado de Economía y Hacienda Pública, Comercio, Desarrollo Local y Turismo, Peter William Hauschild Rey.
(01/9.365/25)</texto>
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