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    <identificador>BOCM-20250701-29</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2025/07/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/06/25</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden de 25 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito disponible destinado a financiar la concesión directa en 2025 de subvenciones de coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid, y se establece el plazo de presentación de solicitudes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
29EXTRACTO de la Orden de 25 de junio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito disponible destinado a financiar la concesión directa en 2025 de subvenciones de coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid, y se establece el plazo de presentación de solicitudes.
BDNS: 841663
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden de declaración de crédito y establecimiento de plazo de presentación de solicitudes, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero
Declaración de crédito
1.  Declarar que el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2025, de la subvención de coste salarial, correspondiente al período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 30 de junio de 2025, ambos incluidos, de las personas con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo del ámbito de la Comunidad de Madrid, es de 97.000.000 euros.
2.  Será subvencionable con cargo a este crédito el coste salarial correspondiente a los días efectivos de trabajo de las personas con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo entre el 6 de julio y el 31 de julio de 2024, que no haya sido subvencionado en la convocatoria anterior.
Segundo
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación, mediante extracto, de esta orden de declaración de crédito en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presentación de las solicitudes se realizará de forma electrónica en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Tercero
Calendario de actuaciones
En el Módulo Web para CEE se publicará un calendario de actuaciones para el proceso de gestión de la subvención del coste salarial de las personas con discapacidad en el marco de la convocatoria 2025.
Cuarto
Presentación de la documentación
1.  Una vez presentada la solicitud a través del Registro electrónico de la Comunidad de Madrid, los interesados deberán acceder al Módulo web para CEE a efectos de la aportación de la documentación establecida en el artículo 10 del Acuerdo de 18 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno. Esta documentación deberá presentarse desde el día 3 de julio de 2025 hasta el día de 16 de julio de 2025.
El acceso a la aplicación Módulo Web para CEE, será a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), dentro de la convocatoria de 2025 de subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en los Centros Especiales de Empleo.
2.  Deberán presentarse los informes de datos de cotización (IDC/PL-CCC acotado por las situaciones de incapacidad temporal; regulación de empleo; períodos sin retribución; situaciones de maternidad, paternidad y riesgos durante el embarazo y la lactancia) correspondientes a los meses comprendidos entre el 1 de agosto de 2024 y el 30 de junio de 2025. Los Centros Especiales de Empleo que hayan realizado nuevas contrataciones entre el 6 de julio de 2024 y el 31 de julio de 2024, que no hayan sido subvencionadas con cargo a la Orden de declaración correspondiente a la convocatoria ordinaria 2024 por tratarse de contrataciones posteriores a la fecha de la publicación de esta Orden, deberán presentar adicionalmente el IDC/PL-CCC acotado correspondiente al mes de julio de 2024.
En caso de que no se pueda presentar el IDC/PL-CCC acotado se presentará en su lugar el IDC/PL-CCC sin acotaciones.
La falta de aportación de los documentos IDC/PL-CCC en el plazo establecido para su presentación supondrá el decaimiento de la solicitud de subvención referido al mes o meses afectados.
La aportación de documentos IDC/PL-CCC que no sean los documentos originales descargados de la Tesorería General de la Seguridad Social o que correspondan a meses o anualidades distintas a los comprendidos dentro del período subvencionable o se trate de documentos incompletos o documentos no referidos a los códigos de cuenta de cotización identificados en la solicitud, que no sean subsanados dentro del plazo establecido a estos efectos en el calendario de actuaciones supondrá el decaimiento de la solicitud de subvención referido al mes o meses afectados.
Madrid, a 25 de junio de 2025..La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, P. S. (Orden de 20 de junio de 2025), el Viceconsejero de Hacienda y Función Pública, Juan Revuelta González. 
(03/10.208/25)</texto>
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