<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20250714-52</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/07/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Coslada. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>166</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20250714-52</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/14/BOCM-20250714-52.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/14/BOCM-20250714-52.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/14/BOCM-20250714-52.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/14/BOCM-20250714-52.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>COSLADA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COSLADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
52Coslada. Régimen económico. Presupuesto general
El Pleno municipal, en sesión celebrada el 9 de julio de 2025, ha aprobado inicialmente el presupuesto general del Ayuntamiento de Coslada para el ejercicio 2025, en el que se incluyen el propio del Ayuntamiento, el presupuesto de la Empresa Municipal de la Vivienda de Coslada, S. A., y el del Consorcio de Red Local, Promoción Económica, Empleo y Formación, así como sus bases de ejecución. El desglose del presupuesto, inicialmente aprobado, por capítulos, es el siguiente:

El expediente, del acuerdo de aprobación inicial adoptado, queda expuesto al público, por un plazo de quince días, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto municipal se considerará, definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 169 del TRLRHL, aprobado por RDL 2/2004.
Coslada, a 9 de julio de 2025..El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/11.480/25)</texto>
</documento>