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    <identificador>BOCM-20250717-33</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2025/07/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2025/07/03</fecha_disposicion>
    <titulo>Formalización contrato
– Resolución de 3 de julio de 2025, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante, de la adjudicación del “Contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda relativo a la planta primera izquierda, planta segunda y planta tercera del edificio sito en la plaza de Santa Cruz, número 3 de Madrid”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>169</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
33RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2025, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante, de la adjudicación del “Contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda relativo a la planta primera izquierda, planta segunda y planta tercera del edificio sito en la plaza de Santa Cruz, número 3 de Madrid”.
1.  Entidad adjudicadora:
a)	Organismo: Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
b)	Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Patrimonio y Contratación. Subdirección General de Patrimonio.
c)	Número de expediente: AI-CT/718HP/2025.
d)	Dirección de Internet del “perfil del contratante”. Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ( https://contratos-publicos.comunidad.madrid ).
2.  Objeto del contrato:
a)	Tipo: Patrimonial.
b)	Descripción: Contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda relativo a las plantas primera izquierda, segunda y tercera del edificio sito en la plaza de Santa Cruz, número 3, de Madrid.
3.  Tipo de procedimiento:
a)	Contratación directa al amparo del artículo 62.2 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
4.  Formalización del contrato:
a)	Fecha de adjudicación: Orden de 17 de junio de 2025.
b)	Fecha de formalización del contrato: El día 25 de junio de 2025.
c)	Adjudicatario: Luis Lentijo Gutiérrez.
d)	Importe de adjudicación:
.	Importe neto: 646.096,80 euros.
.	Importe IVA (21 por 199): 135.680,33 euros.
.	Importe total: 781.777,13 euros.
5.  Condiciones del contrato de arrendamiento:
a)	Entrada en vigor: El contrato entra en vigor el día 1 de julio de 2025.
b)	Duración del arrendamiento: Tendrá una duración de cinco años con posibilidad de prórroga.
c)	Renta mensual: La contraprestación se fija en:
.	Primera anualidad (del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026): 3.521,33 euros/mes.
.	Segunda anualidad (del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027): 5.568,49 euros/mes.
.	Tercera anualidad (del 1 de julio de 2027 al 30 de junio de 2028): 8.805,79 euros/mes
.	Cuarta anualidad (del 1 de julio de 2028 al 30 de junio de 2029): 13.925,13 euros/mes.
.	Quinta anualidad (del 1 de julio de 2029 al 30 de junio de 2030): 22.020,66 euros/mes.
d)	Gastos y tributos: Serán por cuenta de la arrendadora los gastos generales o de comunidad.
	Por lo que respecta a los gastos, servicios y suministros privativos del objeto arrendado, tales como suministros propios, consumos de agua, electricidad, seguridad, limpieza y otros conceptos similares, no incluidos en el precio del arrendamiento, la arrendataria satisfará los mismos directamente a sus respectivos proveedores o compañías suministradoras, que en lo posible contratará directamente; si los gastos de algunos de estos servicios o suministros fueran soportados por la arrendadora, esta podrá repercutírselos a la arrendataria en el recibo correspondiente del mes siguiente.
	Serán a cargo de la arrendadora los impuestos, tasas, contribuciones, arbitrios y otros tributos que graven la propiedad del objeto del arrendamiento durante la vigencia del presente contrato.
	Expresamente se especifica que será abonado por la arrendadora el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
	Serán a cargo de la arrendataria todas las tasas, contribuciones, arbitrios y tributos que graven el uso del objeto de arrendamiento y, en particular, la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos.
e)	Resto de condiciones: Serán las previstas en el contrato de arrendamiento.
Madrid, a 3 de julio de 2025..La Directora General de Patrimonio y Contratación, Beatriz Martín de la Peña.
(03/11.187/25)</texto>
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