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    <titulo>– Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>MEJORADA DEL CAMPO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
85Mejorada del Campo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme disponen los artículos 38 del R. D. 500/1990, 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos número 30/2025 suplemento de crédito, aprobada por acuerdo plenario de fecha 15 de julio de 2025.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del TRLRHL citada y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
Mejorada del Campo, a 15 de julio de 2025..El alcalde-presidente, Jorge Capa Carralero.
(03/11.678/25)</texto>
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