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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 1967/2025</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13
73Madrid número 13. Procedimiento 1967/2025
EDICTO
D. Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción número 13 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1967/2025, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.o 288/2025
Juez/magistrado-juez: D. Juan Javier Pérez Pérez.
Lugar: Madrid.
Fecha: cuatro de agosto de dos mil veinticinco.
El Ilmo. Sr. D. Juan Javier Pérez Pérez, magistrado-juez de Instrucción número 13 de esta capital, ha visto el presente juicio inmediato por delito leve de referencia, seguido por un posible delito de hurto, apareciendo como denunciante y perjudicado el establecimiento comercial “Lefties”, sito en la calle Montera, número 25, de Madrid, y como encausado CHOWDHURY THOUFIK, cuyas demás circunstancias personales constan suficientemente en las actuaciones.
FALLO
Que, con ratificación del fallo dictado en el juicio oral, debo condenar y condeno a CHOWDHURY THOUFIK, como autor de un delito leve intentado de hurto, del artículo 234.2 en relación con los artículos 16 y 62 del Código Penal; sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; a la pena de multa de dieciséis días, a razón de cuotas diarias de tres euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales.
CHOWDHURY THOUFIK indemnizará al establecimiento “Lefties”, sito en la calle Montera, número 25, de Madrid, con la cantidad de 5,99 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndole la advertencia de que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial. La presente es apelable en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se hallarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. CHOWDHURY THOUFIK, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 7 de agosto de 2025.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/13.107/25)</texto>
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