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    <titulo>– Leganés. Organización y funcionamiento. Ordenanza tarjeta estacionamiento</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
29Leganés. Organización y funcionamiento. Ordenanza tarjeta estacionamiento
Al no haberse presentado reclamación o alegación alguna durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de 8 de mayo de 2025, aprobatorio de la ordenanza municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad y movilidad o agudeza visual reducida, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Y ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.




















































Leganés, a 25 de agosto de 2025..El secretario general del Pleno, Jesús Molina de la Torre.
(03/13.632/25)</texto>
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