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    <titulo>– San Martín de la Vega. Urbanismo. Proyecto reparcelación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>SAN MARTÍN DE LA VEGA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA
URBANISMO
72San Martín de la Vega. Urbanismo. Proyecto reparcelación
La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 29 de agosto de 2025, en el expediente 5125/2023, ha acordado el levantamiento de la suspensión de la tramitación del proyecto de reparcelación de La Vega del Pingarrón (término municipal de San Martín de la Vega), toda vez que no recayó resolución a la incoación de fecha 4 de abril de 2024 y que se ha procedido a subsanar los dos hitos por los cuales se suspendió la tramitación (por error material consta la aprobación) del mismo en Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 23 de junio de 2016.
En su virtud, se ha acordado un plazo de treinta días hábiles de información pública, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 88.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
El proyecto puede ser consultado en el portal de transparencia municipal, a través de la Sede Electrónica.
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.
No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la Resolución será de un mes, desde su interposición (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
San Martín de la Vega, a 5 de septiembre de 2025..El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.
(03/14.271/25)</texto>
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