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    <titulo>– Collado Mediano. Organización y funcionamiento. Ordenanza uso punto limpio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
82Collado Mediano. Organización y funcionamiento. Ordenanza uso punto limpio
Habiéndose acordado por, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 21 de julio de 2025, la aprobación provisional de la ordenanza reguladora del uso del punto limpio municipal del Ayuntamiento de Collado Mediano.
Habiéndose expuesto al público dicho acuerdo mediante anuncio en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento desde el día 7 de agosto de 2025 hasta el día 19 de septiembre de 2025 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 187, de fecha 7 de agosto de 2025.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario provisional de este Ayuntamiento, sobre la aprobación de la ordenanza reguladora del uso del punto limpio municipal del Ayuntamiento de Collado Mediano, cuyo texto íntegro se hace público mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, http://aytocolladomediano.sedelectronica.es , en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.



















En Collado Mediano, a 23 de septiembre de 2025..El alcalde en funciones (firmado).
(03/15.200/25)</texto>
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