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    <titulo>– Hoyo de Manzanares. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>HOYO DE MANZANARES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
55Hoyo de Manzanares. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
La alcaldesa-presidenta, con fecha 18 de septiembre de 2025, ha dictado el decreto número 2025-1253, que en su parte dispositiva dice así:
Primero..Avocar para esta Alcaldía las delegaciones efectuadas a favor de D.a Rocío Cabrera Santos, mediante decreto de Alcaldía 2025-0859, de 20 de junio de 2025, relativas al Área de Cultura y Patrimonio cuyo contenido es:
1.  Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
2.  Implantar junto con la Comunidad de Madrid la estrategia de cultura y patrimonio.
3.  Promoción y organización de proyectos y eventos culturales.
4.  Gestión y explotación de las instalaciones culturales de titularidad municipal.
5.  Fomento y promoción del libro y la lectura.
6.  Dirección y gestión del Centro de Cultura.
7.  Dirección y gestión de la Biblioteca Municipal.
8.  Catalogación, conservación, difusión y acrecentamiento documental, bibliográfico y otros de naturaleza análoga.
9.  Biblioteca.
10.  Ludotecas.
11.  Coordinación general, programación y gestión de las salas de exposiciones.
12.  Coordinar y supervisar el protocolo de todos los actos.
13.  Cuidar la imagen de los edificios municipales.
14.  Hacer cumplir el Reglamento de Honores, Distinciones y Ceremonial.
Esta delegación abarca tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Segundo..Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas indicarán expresamente esta circunstancia.
Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.
Tercero..Todas las delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de este decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y aceptación expresa por parte de los concejales delegados, o tácita, si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación, el destinatario no se manifiesta en contrario ante la Alcaldía.
Cuarto..Notificar personalmente el presente decreto a las designadas, publicar en el tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dése cuenta en la primera sesión plenaria que se celebre.
En Hoyo de Manzanares, a 25 de septiembre de 2025..La alcaldesa, María Victoria Barderas García.
(03/15.363/25)</texto>
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