<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20251006-58</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/10/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20251006-58</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/06/BOCM-20251006-58.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/06/BOCM-20251006-58.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/06/BOCM-20251006-58.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/06/BOCM-20251006-58.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
58Morata de Tajuña. Régimen económico. Padrones fiscales
Con fecha 19 de septiembre de 2025, se ha dictado el decreto del Sr. alcalde-presidente número 1251/2025, por el que se aprueban los padrones fiscales para el curso 2025-2026 cuya gestión es mensual.
.	Precio público por talleres, por un importe total de 960,00 euros.
Los citados padrones fiscales estarán expuestos al público en las Oficinas de Gestión Tributaria Y Recaudación de este Ayuntamiento por espacio de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid.
A los efectos previstos en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las deudas tributarias consignadas en los padrones y notificadas colectivamente mediante el presente anuncio, que no son firmes en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día de la notificación y, contra la denegación expresa ó tácita de dicho recurso podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que resulte competente.
Este ingreso se gestiona mediante padrones mensuales. Las altas y bajas que se produzcan cada mes, se incorporarán al padrón. Como regla general, el pago se efectuará mediante domiciliación bancaria.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, que será de dos meses a contar desde la aprobación del padrón, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio devengando los recargos, intereses de demora y costas correspondientes.
En Morata de Tajuña, a 24 de septiembre de 2025..El alcalde-presidente, Fernando Villalain González.
(01/15.373/25)</texto>
</documento>