<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20251014-73</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/10/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Arganda del Rey. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>245</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20251014-73</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/14/BOCM-20251014-73.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/14/BOCM-20251014-73.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/14/BOCM-20251014-73.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/14/BOCM-20251014-73.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
73Arganda del Rey. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2025, acordó aprobar inicialmente el expediente número 11/2025 de Suplemento de Crédito del presupuesto de 2025.
El expediente se encuentra en las dependencias de la Intervención de este Ayuntamiento, a fin de que los interesados legítimos a que hacen referencia al artículo 4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, puedan examinarlo durante un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. 
Arganda del Rey, a 13 de octubre 2025..El concejal de Hacienda y Festejos Populares, Alvaro Fernández Martín-Consuegra.
(03/16.541/25)</texto>
</documento>