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    <titulo>– Daganzo de Arriba. Organización y funcionamiento. Ordenanza fiscal</titulo>
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    <organismo>DAGANZO DE ARRIBA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
58Daganzo de Arriba. Organización y funcionamiento. Ordenanza fiscal
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2025, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-4 Reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 17 de octubre de 2025..El alcalde-presidente, Manuel Jurado Marrufo.
(03/16.955/25)</texto>
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