<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20251023-65</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2025/10/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Brunete. Régimen económico. Ordenanza tasa gestión residuos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>253</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20251023-65</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/23/BOCM-20251023-65.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/23/BOCM-20251023-65.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/23/BOCM-20251023-65.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/10/23/BOCM-20251023-65.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>BRUNETE</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BRUNETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
65Brunete. Régimen económico. Ordenanza tasa gestión residuos
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo provisional de la modificación de la aprobación provisional de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia municipal, sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobada, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, haciéndose público el texto íntegro de la ordenanza que incluye la modificación aprobada, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra la modificación de la ordenanza anexa, los interesados podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
















Brunete, a 13 de octubre de 2025..La alcaldesa-presidente, María del Mar Nicolás Robledano.
(03/16.589/25)</texto>
</documento>