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    <titulo>– Cercedilla. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
81Cercedilla. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, por acuerdo del Pleno Corporativo, celebrado con fecha 6 de noviembre de 2025, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
La modificación de la ordenanza fiscal se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones.
En Cercedilla, a 11 de noviembre de 2025..El alcalde-presidente, David José Martín Molpeceres.
(03/18.546/25)</texto>
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