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    <titulo>– San Agustín del Guadalix. Organización y funcionamiento. Reglamento Derogación Política Seguridad Información</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
82San Agustín del Guadalix. Organización y funcionamiento. Reglamento Derogación Política Seguridad Información
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario inicial del Reglamento de Derogación de la Política de Seguridad de la Información de este Ayuntamiento, de fecha 31 de julio de 2025, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“PROYECTO DE REGLAMENTO DE DEROGACIÓN DEL DOCUMENTO DE POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Artículo único.  Derogación normativa..Queda derogado el documento de Política de Seguridad de la Información aprobado inicialmente por el Pleno en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2019, que quedó elevado automáticamente a definitivo al no haberse presentado reclamaciones, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de marzo de 2020, número 73.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor..El presente Reglamento entrará en vigor en los términos de lo dispuesto en el artículo 70.2 en relación con el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local”.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
San Agustín del Guadalix, a 4 de noviembre de 2025..El alcalde, Roberto Carlos Ronda Villegas.
(03/18.175/25)</texto>
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