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    <titulo>– Soto del Real. Organización y funcionamiento. Reglamento Teletrabajo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SOTO DEL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
92Soto del Real. Organización y funcionamiento. Reglamento Teletrabajo
Aprobándose provisionalmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco, la siguiente:
.	Modificación del reglamento municipal, por la que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en el Ayuntamiento de Soto del Real.
Conforme a lo previsto en los artículos 55 y 56 del RDL 781/1986, de 18 de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se exponen al público durante un plazo de 30 días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría municipal en horas de oficina. En caso de no presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.
En Soto del Real, a 28 de noviembre de 2025..La alcaldesa-presidenta, Noelia Barrado Olivares.
(03/19.857/25)</texto>
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