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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 68/2025</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>298</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13
90Madrid número 13. Procedimiento 68/2025
EDICTO
D. Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción n.o 13 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.o 68/2025, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N.o 389/2025
En Madrid, a veintitrés de octubre de 2025.
Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, magistrado-juez del Juzgado de Instrucción n.o 13 de Madrid, habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio sobre delito leve seguidos ante la misma con el número 68/25, en los que aparecen como denunciante José María Coello Hueso y como denunciado Anas Choukri, siendo parte el ministerio fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes
FALLO
Que debo absolver y absuelvo libremente del delito leve que se imputaba en los presentes autos a Anas Choukri, declarando las costas de oficio.
Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial de Madrid, en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaría, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales y se incluirá en el Libro de sentencias, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicacion..Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. magistrado-juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de hoy que es el día de su fecha. De lo que yo, el letrado de la Administración de Justicia, doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. ANAS CHOUKRI, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 28 de noviembre de 2025.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/19.870/25)</texto>
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