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    <titulo>Madrid. Presidencia. Calendario de guardias Juzgados de Alcorcón</titulo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
24Madrid. Presidencia. Calendario de guardias Juzgados de Alcorcón
PRESIDENCIA
Calendario de guardias para el año 2026, que ha sido aprobado por la Sala de Gobierno de 17 de noviembre de 2025 de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, para su publicación en ese Boletín, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 46.2 del Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.

Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el jueves de cada semana, hasta el jueves de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia sólo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren producido durante dicha semana de guardia.
También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de Guardia se produce a las 9:00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada jueves).
Para el supuesto previsto en el art. 47 del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales el Juzgado n.o 1 cubrirá las necesidades del Juzgado n.o 3 en dichos supuestos, cuando éste se halle de guardia; el Juzgado n.o 2 las del n.o4; el Juzgado n.o 3 las del n.o 5; el Juzgado n.o 4 las del n.o 6; el Juzgado n.o5 las del n.o 7; el Juzgado n.o 6 las del n.o 1 y el Juzgado n.o 7 las del n.o 2. Si fuera necesario el llamamiento como coadyuvante de más de un órgano judicial se atenderá para ello al orden de relevo sucesivo al del Juzgado llamado en primer lugar (ej., respecto al Juzgado n.o 4, se llamará en primer lugar como como coadyuvante al Juzgado n.o 2 y si fueran necesarios coadyuvantes adicionales se llamará en orden sucesivo al Juzgado n.o 3, al Juzgado n.o 5, al Juzgado n.o 6, al Juzgado n.o 7, y el último lugar al Juzgado n.o 1.
Madrid, a 10 de diciembre del 2025..El presidente, Celso Rodríguez Padrón.
(03/20.741/25)</texto>
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