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    <titulo>– Guadarrama. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
35Guadarrama. Régimen económico. Modificación presupuestaria
De conformidad con el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y no habiéndose presentado alegaciones a la aprobación inicial del expediente 13376/2025 de modificación del Presupuesto del Ayuntamiento de Guadarrama prorrogado para el ejercicio 2025 mediante crédito extraordinario con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales para la financiación de inversiones diversas, mediante decreto de Alcaldía número 0537/2025, de fecha 23 de diciembre de 2025, 
SE RESUELVE
Declarar aprobado definitivamente el expediente 13376/2025 de modificación del Presupuesto del Ayuntamiento de Guadarrama prorrogado para el ejercicio 2025 en la modalidad de crédito extraordinario, con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, para la financiación de las actuaciones denominadas: “Reforma en colegios públicos de titularidad municipal” y “Suministro de mobiliario para las nuevas dependencias municipales”, por importe de trescientos treinta y dos mil euros (332.000,00 euros), en las siguientes aplicaciones de los estados de gastos e ingresos:

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados, desde el día siguiente al de la publicación, según lo establecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Guadarrama, a 2 de enero de 2025..El alcalde, Diosdado Soto Pérez.
(03/107/26)</texto>
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