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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
86Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Presupuesto general
El Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en sesión extraordinaria de 29 de enero de 2026, ha aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para el ejercicio 2026, con el resumen siguiente:




Lo que se publica de conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno de Pozuelo de Alarcón, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el artículo 171 del mencionado Real Decreto Legislativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor del artículo 10.1 a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la Corporación.
En Pozuelo de Alarcón, a 29 de enero de 2026..El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/1.365/26)</texto>
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