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    <identificador>BOCM-20260202-14</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA  E INTERIOR</departamento>
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    <fecha_publicacion>2026/02/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/01/20</fecha_disposicion>
    <titulo>Estrategia economía circular
– Resolución de 20 de enero de 2026, de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular, mediante la que se da publicidad a la aprobación de la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032, conforme a lo establecido en el apartado segundo del artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
14RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2026, de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular, mediante la que se da publicidad a la aprobación de la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032, conforme a lo establecido en el apartado segundo del artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
En su reunión de 23 de diciembre de 2025, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid (2025-2032). Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, los planes de gestión de residuos y los programas de prevención tendrán carácter público y las autoridades competentes los pondrán en una página web accesible al público. Teniendo en cuenta que la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid fue sometida al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, procede dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, mediante la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente Resolución, en la que se incluye, como anexo I de la misma, el Acuerdo del Consejo de Gobierno y, como anexo II, la información indicada en las letras b) y c) del apartado 2 del citado artículo.
Debido a la extensión de esta estrategia, esta no se reproduce en esta Resolución. El Acuerdo del Consejo de Gobierno, junto con la Estrategia de Economía Circular, se ha publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 1, de 2 de enero de 2026 ( https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/01/02/BOCM-20260102-29.PDF ).
En Madrid, a 20 de enero de 2026..La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
ANEXO I
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA  LA ESTRATEGIA DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA COMUNIDAD  DE MADRID 2025-2032
El presente acuerdo tiene por objeto aprobar la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032, que desarrolla la política regional para impulsar una transición inteligente y paulatina hacia un modelo de desarrollo de ciclo cerrado, más sostenible, eficiente, competitivo, racional y respetuoso con la capacidad para innovar y actualizar los sectores productivos tradicionales. Con esta Estrategia se cumple el mandato del artículo octavo de la Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, que exige la elaboración de una Estrategia para el fomento de la Economía Circular en la Comunidad de Madrid, que ha integrar la Estrategia aplicable en materia de gestión sostenible de residuos y que será aprobada mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, y que a su vez incluirá los planes y programas de gestión de residuos.
La Estrategia de Economía Circular tiene como objetivo impulsar la transición hacia este modelo económico circular, a la vez que ordena la gestión de los residuos en el ámbito territorial de nuestra región. En línea con la Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, esta estrategia propone un enfoque transversal, multidisciplinar e integrador para una transición hacia la economía circular inteligente y sostenible en el tiempo. Además, plantea un modelo incentivador, facilitador y de acompañamiento que, apuesta por la colaboración público-privada, garantizando la confianza de empresas e inversores para trasladar los principios de la economía circular al sistema productivo y a los consumidores, poniendo énfasis en la necesidad de simplificación y agilización de trámites administrativos.
En la Estrategia se integran el plan de acción de economía circular, el programa circular de prevención de residuos y los planes de gestión de residuos, instrumentos clave para la transición a la economía circular en la región, lo cual supone una novedad en la planificación plasmada en las anteriores estrategias aprobadas por la Comunidad de Madrid en la materia.
La Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032 se ha elaborado de acuerdo con lo establecido en los artículos 12.4.a), 14 y 15.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que atribuye a las Comunidades Autónomas la obligación de elaborar los programas de prevención y los planes autonómicos de gestión de residuos y se determina el contenido mínimo de los mismos.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 8 de la Ley 1/2024, la Consejería de Medio Ambiente Agricultura e Interior ha elaborado el proyecto de Estrategia, y lo ha sometido al trámite de información pública y, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la preceptiva declaración ambiental estratégica.
El artículo 66 de la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, establece que el Consejo de Gobierno, previo informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, podrá aprobar planes y programas de actuación que impliquen gastos que puedan extenderse a ejercicios futuros.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 23 de diciembre de 2025,
ACUERDA
Primero
Aprobar la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032, que se inserta a continuación.
Segundo
Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, produciendo efectos jurídicos desde el día de su publicación.
ANEXO II
1.  Integración de los aspectos ambientales en la Estrategia.
La Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid tiene por objeto impulsar la transición hacia un modelo económico circular en el ámbito regional, mediante la aplicación coordinada de las actuaciones incluidas en los distintos instrumentos que la integran: el Plan de Acción de Economía Circular, el Programa Circular de Prevención de Residuos y los Planes de Gestión de Residuos, que constituyen instrumentos esenciales para avanzar hacia dicho modelo.
De conformidad con lo establecido en la Ley 1/2024, de 17 de abril, de economía circular de la Comunidad de Madrid, la Estrategia se configura desde un enfoque transversal, multidisciplinar e integrador, orientado a garantizar una transición inteligente, eficaz y sostenible en el tiempo hacia la economía circular.
La Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032 se ha elaborado conforme a lo dispuesto en los artículos 12.4.a), 14 y 15.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que atribuyen a las comunidades autónomas la obligación de elaborar los programas de prevención y los planes autonómicos de gestión de residuos, así como de definir el contenido mínimo de dichos instrumentos. En cumplimiento del artículo 15 de la citada Ley 7/2022, la Estrategia incorpora el diagnóstico de la situación de partida, la definición de la estrategia general y las orientaciones de la política de residuos, así como los objetivos mínimos en materia de recogida separada, preparación para la reutilización, reciclado, valorización y eliminación.
Asimismo, la Estrategia ha sido sometida al procedimiento de evaluación ambiental estratégica regulado en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, cuyo objetivo principal es la integración de los aspectos ambientales en la adopción, aprobación y autorización de planes y programas, el análisis y la selección de alternativas ambientalmente viables y el establecimiento de medidas destinadas a prevenir, corregir y compensar los posibles efectos adversos sobre el medio ambiente.
Debe destacarse que la elaboración de la Estrategia de Economía Circular y la del Estudio Ambiental Estratégico se desarrollaron de forma paralela y coordinada, de modo que los objetivos y principios de sostenibilidad se fueron integrando progresivamente a lo largo de todo el proceso de planificación.
El marco conceptual y estratégico de la Estrategia de Economía Circular 2025-2032 se centra en el desarrollo de medidas dirigidas al aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos y su reincorporación a los ciclos productivos, a la prevención de la generación de residuos y a la adecuada gestión de los residuos generados, priorizando, por este orden, la preparación para la reutilización, el reciclaje y la valorización frente a su eliminación. Este enfoque permite avanzar en la sostenibilidad ambiental en el uso de los recursos naturales y en los sistemas de gestión de residuos, minimizando las posibles afecciones sobre el medio ambiente y la salud humana, en particular mediante la mejora de la eficiencia en la utilización de los recursos.
En el proceso de identificación y valoración de las afecciones previsibles derivadas de la implementación de la Estrategia, se constató que la mayor parte de los impactos esperados presentan un carácter positivo. Entre ellos, destacan los efectos favorables tanto de las medidas de prevención de la generación de residuos, que contribuyen a una economía baja en carbono mediante la reducción significativa de las emisiones de gases de efecto invernadero, como por las medidas de gestión de los residuos, especialmente aquellas destinadas a disminuir la cantidad de residuos destinados a vertedero, en particular la fracción biodegradable de los residuos domésticos.
Los posibles impactos asociados a la construcción de nuevas infraestructuras tendrán previsiblemente un alcance de carácter local y deberán ser objeto de análisis específico en el marco de los correspondientes procedimientos de evaluación de impacto ambiental o, en su caso, de autorización ambiental integrada, de conformidad con la normativa vigente.
Finalmente, debe subrayarse que la Estrategia de Economía Circular se ha elaborado con la finalidad de aplicar las políticas de sostenibilidad más avanzadas, al tener como objetivo principal minimizar las repercusiones medioambientales derivadas de la generación y gestión de residuos, tanto a escala global como en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En este sentido, la Estrategia desarrolla contenidos de marcado carácter ambiental.
En este contexto, la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032 tiene como finalidad avanzar hacia una gestión integrada de los recursos y dotar a la Comunidad de Madrid de las medidas necesarias para afrontar el reto de armonizar el crecimiento económico y el desarrollo tecnológico sin comprometer el futuro, incrementar la competitividad sin agotar los recursos disponibles, mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, maximizar el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos y fomentar la disponibilidad de productos innovadores con la mínima repercusión ambiental.
2.  Información pública.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1/2024, de 17 de abril, la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior elaboró el proyecto de Estrategia de Economía Circular y lo sometió al trámite de información pública y, de conformidad con los artículos 17 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al procedimiento de declaración ambiental estratégica.
En aplicación de la citada Ley 21/2013, el Documento Inicial Estratégico y el borrador de la Estrategia de Economía Circular 2025-2032 fueron sometidos a consulta de las administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas durante un plazo de treinta días hábiles.
Tal y como consta en el correspondiente Documento de Alcance, se desarrolló un amplio proceso de consultas que incluyó a todos los municipios de la Comunidad de Madrid, a las mancomunidades de servicios implicadas, a distintas administraciones y organismos públicos, así como a organizaciones empresariales, sistemas de responsabilidad ampliada del productor, organizaciones ambientales y asociaciones de diversa naturaleza.
Adicionalmente, el Documento Inicial Estratégico y el borrador de la Estrategia fueron puestos a disposición de la ciudadanía y de las entidades interesadas a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en el apartado de Normativa y Planificación / Expedientes en consulta y participación pública ( https://participa.madrid.org/ ), con el fin de garantizar la máxima difusión y facilitar la participación ciudadana mediante la presentación de aportaciones y observaciones.
Mediante Resolución de 22 de julio de 2025 de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular, se sometieron a información pública el Estudio Ambiental Estratégico y la versión inicial de la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, resolución publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 178, de 28 de julio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley 21/2013. Dichos documentos estuvieron disponibles para su consulta durante un plazo de 45 días en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
De forma simultánea al trámite de información pública, el órgano sustantivo, en aplicación del artículo 22 de la Ley 21/2013, sometió la versión inicial de la Estrategia, junto con el Estudio Ambiental Estratégico, a consulta de las administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas previamente consultadas conforme al artículo 19 de la citada Ley, estableciéndose para este trámite un plazo de 45 días hábiles.
Las alegaciones recibidas fueron sistematizadas y agrupadas por capítulos de la Estrategia, identificando la entidad o persona alegante y la justificación de su estimación o desestimación. Esta información se incorpora como Anexo IV de la Declaración Ambiental Estratégica, disponible en la página web de la Comunidad de Madrid: 
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/aud/medio-ambiente/25-165_251126s_sg_residuos_resol.pdf
3.  Justificación de la alternativa seleccionada.
El análisis de alternativas se desarrolla en el capítulo 8 del Estudio Ambiental Estratégico, en el que se consideran las siguientes opciones:
.	Alternativa 0 (no actuación): mantenimiento de los modelos de gestión existentes y de su previsible evolución en ausencia de un nuevo instrumento de planificación. Esta alternativa supone no introducir cambios respecto a la situación de partida, manteniendo la gestión de los residuos conforme a la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.
.	Alternativa 1: actualización del sistema de gestión de residuos con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos en la legislación vigente, en los instrumentos de planificación existentes y en el modelo de economía circular, adoptando las líneas de actuación y medidas necesarias para alcanzarlos, tomando como referencia la situación actual derivada de la aplicación del plan vigente. El Estudio Ambiental Estratégico pone de manifiesto que, para el diagnóstico de la situación de partida y el diseño de políticas eficaces, se llevó a cabo un proceso participativo mediante encuestas a la ciudadanía y cuestionarios dirigidos a agentes especializados.
.	Alternativa 2: definición de objetivos que superen las previsiones legales vigentes, mediante la elaboración de planes y programas de prevención y gestión más exigentes, restrictivos o complementarios, incorporando medidas de mayor ambición orientadas a promover y estimular la transición hacia la economía circular.
Se selecciona la Alternativa 1, al considerarse que permite alcanzar los objetivos de la Estrategia mediante la aplicación de medidas adaptadas a la situación real de la gestión de los distintos flujos de residuos en la Comunidad de Madrid, constituyendo, según lo argumentado en el Estudio Ambiental Estratégico, la opción más adecuada.
Las medidas de fomento e incentivación orientadas a la investigación, la innovación, la simbiosis industrial, la simplificación de trámites para nuevos negocios y las campañas de información y concienciación ciudadana pueden contribuir a acelerar la transición hacia el modelo de economía circular y, en determinados casos, permitir la superación de los objetivos inicialmente establecidos.
Por otro lado, las actuaciones previstas en la Estrategia de Economía Circular podrán requerir, en función de su naturaleza, la tramitación de procedimientos de evaluación de impacto ambiental conforme a lo dispuesto en la Ley 21/2013. En consecuencia, los proyectos derivados de dichas actuaciones deberán ser, al menos, objeto de consulta ante la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para determinar la procedencia de su sometimiento a los correspondientes procedimientos de evaluación ambiental.
4.  Medidas de seguimiento de los efectos ambientales de la Estrategia.
La Estrategia de Economía Circular establece, tanto en los planes de gestión de residuos como en el Programa de Prevención de Residuos, un sistema de indicadores ambientales de seguimiento que incorpora los indicadores recogidos en el Anexo IV de la Declaración Ambiental Estratégica.
Dichos indicadores permitirán disponer de información sistemática sobre cada uno de los objetivos ambientales objeto de vigilancia, facilitando el control, en distintos horizontes temporales, de la intensidad de los impactos derivados de la aplicación de la Estrategia y de la eficacia de las medidas preventivas o correctoras adoptadas.
(03/1.003/26)</texto>
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