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    <titulo>– Soto del Real. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>SOTO DEL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
81Soto del Real. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Aprobándose provisionalmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 29 de enero de 2026:
.	La modificación de la ordenanza fiscal de la tasa por servicios urbanísticos y otros servicios.
Conforme a lo previsto en los arts. 55 y 56 del R. D. L. 781/1986 de 18 de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, se exponen al público durante un plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría Municipal en horas de oficina. En caso de no presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.
En Soto del Real, a 30 de enero de 2026..La alcaldesa-presidenta, Noelia Barrado Olivares.
(03/1.502/26)</texto>
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