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– Extracto del Acuerdo de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá de 25 de febrero de 2026, por el que se convocan las Ayudas de Movilidad de Personal Docente y Personal Investigador 2026</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
13EXTRACTO del Acuerdo de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá de 25 de febrero de 2026, por el que se convocan las Ayudas de Movilidad de Personal Docente y Personal Investigador 2026.
BDNS: 890114
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
.	Profesores o Investigadores Doctores de la Universidad de Alcalá con dedicación a tiempo completo.
.	Personal investigador Doctor contratado para la realización de un proyecto de investigación que haya disfrutado de al menos 12 meses de contrato en la UAH a fecha de finalización del plazo de solicitudes en los dos últimos años, y con una dedicación a la UAH durante todo este tiempo de al menos el 50 %.
Segundo
Objeto
Potenciar la movilidad de nuestros investigadores doctores, incentivando estancias en otros centros de reconocido prestigio, preferentemente dentro del Espacio Europeo de Investigación, para fomentar el intercambio de ideas y conocimientos y establecer contactos que deriven en el desarrollo de proyectos de investigación conjuntos que puedan ser financiables por la Unión Europea. 
Tercero
Bases reguladoras
Bases Reguladoras Marco de la concesión de Becas y Ayudas a la Investigación por la Universidad de Alcalá:
https://www.uah.es/export/shared/es/investigacion/.galleries/documentos-investigacion/Bases_Reguladoras_Becas_Ayudas_Investigacion_UAH.pdf )
Cuarto
Cuantía
El importe de la ayuda por persona beneficiaria será de hasta 1.000 euros por mes completo de estancia, hasta un máximo de 3 meses.
El importe de la ayuda para viaje será de hasta un máximo de 100 euros para desplazamientos a centros en España en localidad diferente a la que tenga el investigador como residencia o lugar de trabajo, de hasta 250 euros para viajes a países europeos y de hasta 600 euros al resto del mundo.
El importe total de esta convocatoria es de 60.000 euros.
Esta convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 30400M000.541.A645.07, cofinanciada por el Banco Santander.
Quinto
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 25 de marzo de 2026, ambos inclusive.
Las solicitudes se presentarán a través de la opción ‘Convocatorias’ disponible en el Portal del Personal Investigador. 
Sexto
Otros datos
Las estancias susceptibles de ayuda tendrán una duración máxima de 3 meses, debiendo haberse iniciado después del día 1 de enero de 2026 y antes del día 31 de diciembre de 2026.  
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a)	Que dentro de los objetivos de la estancia esté la toma de contacto con el grupo investigador de acogida para la puesta en marcha o desarrollo de un proyecto de investigación.
b)	La relevancia del centro de acogida (se valorará el historial científico del grupo investigador de acogida).
Solo se concederá una ayuda por persona y año natural.
Alcalá de Henares, a 25 de febrero de 2026..El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.
(03/3.219/26)</texto>
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