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    <titulo>– Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
91Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones fiscales
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, habiéndose aprobado por decreto del concejal-delegado de Hacienda, de fecha 5 de marzo de 2026, el padrón de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con puestos de mercadillo (primer semestre) y el padrón de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con mesas y sillas, correspondientes al ejercicio 2026, se pone en conocimiento que dichos padrones estarán a disposición del público en el departamento de Gestión Tributaria por plazo de un mes a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los obligados al pago de los citados tributos podrán formular ante el alcalde-presidente, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
El plazo fijado para el ingreso en período voluntario será del 1 de abril al 1 de junio de 2026, ambos inclusive.
Transcurrido dicho plazo, sin haberse verificado el ingreso, se procederá su exacción por la vía ejecutiva, con el recargo de apremio, intereses de demora y costas de acuerdo con lo establecido legalmente.
Humanes de Madrid, a 6 de marzo de 2026..El concejal-delegado de Hacienda (decreto de 27 de junio de 2024), Martín Alonso Mannens.
(01/3.616/26)</texto>
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