<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260406-57</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2026/04/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Precio público</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>80</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20260406-57</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/06/BOCM-20260406-57.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/06/BOCM-20260406-57.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/06/BOCM-20260406-57.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/06/BOCM-20260406-57.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LAS ROZAS DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Precio público
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 23 de enero de 2025, aprobó los siguientes precios públicos correspondientes a los festejos taurinos a celebrar durante las fiestas de San José de las Matas de 2025: novillada picada: 10,00 euros; novillada sin picar: 7,00 euros; recortes: 5,00 euros; abonos: 15,00 euros por los 3 festejos. Dichos precios públicos permanecerán vigentes hasta tanto no se proceda a la modificación de los mismos.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo no obstante interponer contra el mismo recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la forma y bajo las condiciones prescritas en el artículo 14 del Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Las Rozas de Madrid, a 29 de enero de 2025..El concejal-delegado de Hacienda y Fiestas, Enrique González Gutiérrez.
(02/1.434/25)</texto>
</documento>