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    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Matrícula impuestos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
58Morata de Tajuña. Régimen económico. Matrícula impuestos
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, he resuelto exponer al público la matrícula provisional del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2026, elaborada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encontrará a disposición del público en las oficinas del Ayuntamiento de Morata de Tajuña durante quince días naturales, contados desde el inmediato posterior al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la misma se puede interponer recurso de reposición potestativo ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Delegación Especial de Madrid-Administración de Arganda del Rey, en el plazo de un mes contado desde el día inmediato siguiente al término de la exposición pública, o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el inmediato siguiente al del término del período de exposición pública.
Morata de Tajuña, a 8 de abril de 2026..La alcaldesa-presidenta, Gloria de la Torre Martínez.
(01/5.412/26)</texto>
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