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    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
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    <fecha_disposicion>2026/04/06</fecha_disposicion>
    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Asociación Gremial de Autotaxi de Madrid (N.o de depósito 28000015)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
29RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Asociación Gremial de Autotaxi de Madrid (N.o de depósito 28000015).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Alberto Andrés de La Fuente Miñambres, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación Gremial de Autotaxi de Madrid y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito con registro de entrada 28/2026/000107 en esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 05/03/2026, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta certificado expedido por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, en el que se hace constar la modificación estatutaria aprobada en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 17 de diciembre de 2025, la cual ha sido elevada a público mediante escritura número 214, de fecha 26 de enero de 2026, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, don Antonio Ruiz Alonso. Se adjunta, así mismo, el texto íntegro de los nuevos estatutos en los que se incluye la modificación acordada.
En particular, se modifica el artículo 1 relativo al cambio de domicilio social de la organización.
Segundo
Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de la modificación del texto de la asociación empresarial Asociación Gremial de Autotaxi de Madrid, así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011 reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).
Madrid, a 6 de abril de 2026..La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
(03/5.963/26)</texto>
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