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    <titulo>– Coslada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>96</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>COSLADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COSLADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
58Coslada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Por decreto de Alcaldía-Presidencia número 2026/1409, de 10/4/2026, se ha resuelto la modificación de competencias de D.a Emilia M.a Escudero Amado, con el siguiente contenido:
“…/…
HE RESUELTO
Primero..Conferir además de la delegación de Cultura y Fiestas efectuada por Decreto 2023/3433 de 28/6/2023, la delegación de Igualdad y Diversidad a favor de D.a Emilia M.a Escudero Amado, de la que dependerán las siguientes subáreas:
a)	Subárea de Igualdad y Mujer.
Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:
Respecto al Área de Mujer, Igualdad y Diversidad:
.	Impulso y seguimiento del Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
.	Coordinación y ejecución de programas y actuaciones en materia de violencia de género y de diversidad.
Respecto a todas sus áreas de competencias:
.	Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.
.	Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 euros (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
.	Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.
.	Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al alcalde-presidente.
.	Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.
Segundo..Notificar la presente resolución a la concejala interesada y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Tercero..De conformidad con el artículo 10 y concordantes de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, deberá actualizarse la información publicada en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica Municipal.
Cuarto..La presente Resolución surtirá efecto desde el día 15 de abril de 2026, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Lo se hace público para general conocimiento.
Coslada, a 14 de abril de 2026..El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/5.926/26)</texto>
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