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    <titulo>– Valdemoro. Organización y funcionamiento. Reglamento Comisión Interdepartamental Turismo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
110Valdemoro. Organización y funcionamiento. Reglamento Comisión Interdepartamental Turismo
Aprobándose inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 29 de enero de 2026, el Reglamento de funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Turismo de Valdemoro.
Conforme a lo previsto en los artículos 55 y 56 del R. D. L. 781/1986, de 18 de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se exponen al público durante un plazo de treinta días en el departamento de turismo de 9.00 a 14.00 horas para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en la Oficina Municipal de Turismo de Valdemoro, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento: (sede.valdemoro.es/sede)
En caso de no presentarse reclamaciones, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo. 
En Valdemoro, a 5 de marzo de 2026..El alcalde-presidente, David conde Rodríguez.
(03/6.410/26)</texto>
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