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    <identificador>BOCM-20260504-52</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA  Y UNIVERSIDADES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2026/05/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/04/20</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 1534/2026, de 20 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato del sistema educativo español en centros privados autorizados, ubicados en territorio de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2026-2027</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
52EXTRACTO de la Orden 1534/2026, de 20 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato del sistema educativo español en centros privados autorizados, ubicados en territorio de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2026-2027.
BDNS: 901646
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Objeto
Becas para el estudio de Bachillerato del sistema educativo español para alumnos escolarizados en centros autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, con el nivel de Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en régimen privado para el curso 2026-2027, ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Beneficiarios
Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes reúnan los requisitos previstos en el artículo 4 de las bases reguladoras:
a)	Estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso completo del año escolar 2026-2027, en cualquiera de los dos cursos de Bachillerato del sistema educativo español, en régimen privado, en un centro privado autorizado por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, ubicado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
b)	No ser alumno repetidor del curso para el que se solicita la beca.
c)	No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.
Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar 2026-2027.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria se recogen en Orden 1435/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Bachillerato del sistema educativo español en centros privados autorizados, ubicados en territorio de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de abril de 2025).
Cuarto
Criterios de baremación
De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras, las becas se concederán en función de la puntuación obtenida hasta agotar la totalidad del crédito.
Los criterios de baremación de las solicitudes son los siguientes:
1.  Criterio de ingresos familiares:
.	Se considerará la renta anual del ejercicio económico del 2024.
.	La puntuación será de 0 a 8 en función de los siguientes niveles de renta per cápita familiar:
	Renta per cápita hasta 3.000,00 euros: 8 puntos.
	Renta per cápita de 3.000,01 euros hasta 5.500,00 euros: 7,5 puntos.
	Renta per cápita de 5.500,01 euros hasta 8.000,00 euros: 7 puntos.
	Renta per cápita de 8.000,01 euros hasta 10.000,00 euros: 6,5 puntos.
	Renta per cápita de 10.000,01 euros hasta 12.500,00 euros: 6 puntos.
	Renta per cápita de 12.500,01 euros hasta 15.000,00 euros: 5,5 puntos.
	Renta per cápita de 15.000,01 euros hasta 17.500,00 euros: 5 puntos.
	Renta per cápita de 17.500,01 euros hasta 20.000,00 euros: 4,5 puntos.
	Renta per cápita de 20.000,01 euros hasta 22.500,00 euros: 4 puntos.
	Renta per cápita de 22.500,01 euros hasta 25.000,00 euros: 3,5 puntos.
	Renta per cápita de 25.000,01 euros hasta 27.500,00 euros: 3 puntos.
	Renta per cápita de 27.500,01 euros hasta 30.000,00 euros: 2,5 puntos.
	Renta per cápita de 30.000,01 euros hasta 32.500,00 euros: 2 puntos.
	Renta per cápita de 32.500,01 euros hasta 35.000,00 euros: 1 punto.
	Renta per cápita de 35.000,01 euros hasta 35.913,00 euros: 0,5 puntos.
2.  Criterio de nota académica:
.	Para los alumnos que están matriculados en la etapa de Bachillerato del sistema educativo español: La puntuación será de 0 a 2 puntos en función de la calificación final obtenida en el último curso académico finalizado a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
	Nota académica de 5 a 5,99: 0,5 puntos.
	Nota académica de 6 a 6,99: 1 punto.
	Nota académica de 7 a 8,49: 1,5 puntos.
	Nota académica de 8,5 a 10: 2 puntos.
Quinto
Cuantía de la beca
El presupuesto destinado a financiar la convocatoria de estas becas ascenderá a 43.497.750 euros.
La cuantía total de la beca será de 3.750 euros anuales, a razón de 375 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2026 a junio de 2027, ambos inclusive, en los supuestos de renta per cápita familiar hasta 10.000 euros y de 2.000 euros anuales, a razón de 200 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2026 a junio de 2027, en los supuestos de renta per cápita familiar comprendida entre 10.000,01 y 35.913 euros.
En el caso de que el coste total del curso, en el que se incluyen las tarifas de matrícula, reserva de plaza y de escolaridad, sea inferior a la cuantía de la beca concedida, el importe de la beca se reducirá hasta el límite de dicho coste.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 20 de abril de 2026.
		La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, 		MERCEDES ZARZALEJO CARBAJO
(03/6.584/26)</texto>
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