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    <titulo>– Los Santos de la Humosa. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE LA HUMOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO
97Los Santos de la Humosa. Régimen económico. Presupuesto general
No habiendo sido presentadas reclamaciones ni alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda aprobada definitivamente la modificación de las bases de ejecución de presupuesto general 2026 del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa (Madrid), que fue aprobado en el Pleno en sesión de fecha 25 de marzo de 2026, el texto definitivo de la modificación es el siguiente:
“Visto el presupuesto general del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa para el ejercicio 2026, así como sus bases de ejecución actualmente en vigor.
Considerando la necesidad de adaptar determinadas previsiones contenidas en las mismas, tanto en materia de subvenciones nominativas como en relación con la gestión presupuestaria, al objeto de mejorar la eficiencia en la asignación de recursos, reforzar la transparencia en la financiación de actividades subvencionadas y dotar de mayor flexibilidad a la gestión del gasto corriente.
Teniendo en cuenta la providencia de Alcaldía de 17 de marzo de 2026, informe de Secretaría e informe de Intervención favorable de la misma fecha.
Resultando lo dispuesto en los artículos 165 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como en el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
En virtud de lo expuesto, el Pleno de la Corporación, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta alcaldesa propone la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero..Modificar de la base 29.a de las bases de ejecución del presupuesto que regula las subvenciones nominativas con el siguiente detalle:
1.  Incrementar la cuantía de la subvención nominativa prevista para la Asociación Taurina de Los Santos de la Humosa en dos mil quinientos euros (2.500,00 euros), quedando fijada en 5.000,00 euros.
2.  Incrementar la cuantía de la subvención nominativa correspondiente al AMPA CEIP Los Santos en quinientos cuarenta euros (540,00 euros), quedando fijada en 2.540,00 euros.
3.  Añadir un nuevo apartado 15 en la base 29.a (subvenciones), con la siguiente redacción:
“15.  Obligaciones de publicidad y difusión.
Las entidades beneficiarias de subvenciones nominativas deberán dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación recibida del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa.
A tal efecto, estarán obligadas a incluir el escudo oficial del Ayuntamiento, junto con un texto visible que indique:
“Actividad cofinanciada por el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa”.
Dicha mención deberá incorporarse obligatoriamente en:
.	Todas las publicaciones físicas y digitales de difusión de la actividad.
.	La cartelería deberá estar visible durante el desarrollo de las actividades subvencionadas, en lugar destacado y de forma claramente legible.
El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar al reintegro total o parcial de la subvención, conforme a la normativa aplicable en materia de subvenciones”.
Segundo..Modificar la base 1.5.a, introduciendo un nuevo apartado 3 con la siguiente redacción:
“3.  Régimen específico de vinculación en el Área de gasto 9, capítulo II.
No obstante, lo dispuesto con carácter general, para las aplicaciones presupuestarias correspondientes al Área de gasto 9 (Actuaciones de carácter general), en el capítulo II (gastos corrientes en bienes y servicios), la vinculación jurídica de los créditos se establece a nivel de política de gasto y artículo.
En consecuencia:
.	La vinculación respecto a la clasificación por programas se realizará a nivel de política de gasto.
.	La vinculación respecto a la clasificación económica se realizará a nivel de artículo”.
Tercero..El presente acuerdo se someterá a información pública mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones.
En caso de no presentarse reclamaciones, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado, entrando en vigor tras su publicación íntegra.
Cuarto..Dar traslado del presente acuerdo al CEIP Los Santos, Asociación Taurina de Los Santos de la Humosa y Asociación AMPA CEIP Los Santos”.
En Los Santos de la Humosa, a 22 de abril de 2026..La alcaldesa, Carolina Urtasun Calleja.
(03/6.363/26)</texto>
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