<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260519-42</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD  Y ASUNTOS SOCIALES</departamento>
    <rango>EXTRACTO</rango>
    <fecha_publicacion>2026/05/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2026/03/27</fecha_disposicion>
    <titulo>Extracto convocatoria subvenciones
– Extracto de la Orden 849/2026, de 27 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para el año 2026, subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>117</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20260519-42</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/19/BOCM-20260519-42.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/19/BOCM-20260519-42.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/19/BOCM-20260519-42.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/19/BOCM-20260519-42.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD  Y ASUNTOS SOCIALES</organismo>
    <tipo_disposicion>EXTRACTO</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
42EXTRACTO de la Orden 849/2026, de 27 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para el año 2026, subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad.
BDNS: 900376
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero
Beneficiarios
Entidades sin fin de lucro de atención a personas con discapacidad, que cuenten con un servicio de información y orientación o que desarrollen un programa de atención a personas con discapacidad, dirigido a la promoción de la vida independiente o prevención de situaciones de dependencia, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
Mantenimiento de servicios de información y orientación y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad, dirigido a la promoción de la vida independiente o prevención de situaciones de dependencia, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1088/2017, de 26 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 156, de 3 de julio de 2017, modificada por la Orden 104/2019, de 7 de febrero, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 41, de 18 de febrero de 2019, modificada por la Orden 451/2022, de 5 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 64, de 16 de marzo de 2022.
Cuarto
Cuantía
La financiación de las subvenciones de esta convocatoria se hará con cargo al subconcepto 48099 “Otras Instituciones sin fin de lucro” del programa 231F “Atención especializada a personas con discapacidad” del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales correspondiente al año 2026. La cuantía total máxima para esta convocatoria de 2026 se establece en 2.150.000 euros, de los cuales 1.637.500 euros se corresponden con el importe del crédito para proyectos de servicio de información y orientación destinado a Asociaciones y Fundaciones, tal como establece el Dispongo Decimotercero en su apartado 6.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el mismo día en que se produzca la publicación de su extracto.
En Madrid, a 27 de marzo de 2026.
		La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, 		ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO
(03/6.640/26)</texto>
</documento>