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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Organización y funcionamiento. Ordenanza instalación unidades suministros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>TORREJÓN DE ARDOZ</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
76Torrejón de Ardoz. Organización y funcionamiento. Ordenanza instalación unidades suministros
En cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, se publica la parte dispositiva de la Sentencia número 11/2026, de 7 de enero de 2026, dictada en el recurso de apelación 1013/2024 (Procedimiento Ordinario 328/2023), cuyo tenor literal, en lo que aquí interesa, es el siguiente:
“FALLAMOS
Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, representado por el procurador de los Tribunales D. Fernando María García Sevilla, contra la sentencia dictada el 17 de abril de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 32 de los de Madrid, recaída en los autos de procedimiento ordinario núm. 328/2023, confirmamos la sentencia apelada.
Igualmente, declaramos la nulidad del artículo 13 de la ordenanza para la instalación de unidades de suministro en Torrejón de Ardoz.
En materia de costas, estese a lo acordado en el último fundamento jurídico.
Una vez firme la presente, deberá publicarse su parte dispositiva en la forma prevista en el artículo 72.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa”.
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos. 
Torrejón de Ardoz, a 13 de mayo de 2025..El alcalde (firmado).
(03/7.723/26)</texto>
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