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    <titulo>– Brunete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BRUNETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BRUNETE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
38Brunete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
En cumplimiento de los dispuesto en los artículos 43, 44, 112 y 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público para general conocimiento que la alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Brunete ha dictado decreto de 20 de mayo de 2026, que se transcribe literalmente a continuación:
“DECRETO DE ALCALDÍA
Revocación de delegación temporal de competencias y restitución de competencias delegadas.
Visto que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 20 de junio de 2023 se nombraron tenientes de alcalde, ostentando D. Eduardo Recio Álvarez la condición de primer teniente de alcalde y D. Francisco Javier Pérez Reina la de cuarto teniente de alcalde.
Visto que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 21 de junio de 2023 se delegaron en D. Eduardo Recio Álvarez, primer teniente de alcalde, atribuciones genéricas en las áreas de Urbanismo, Vivienda y Obras Públicas.
Visto asimismo que, mediante Decreto de Alcaldía de fecha 30 de junio de 2023, se delegaron en D. Eduardo Recio Álvarez las competencias relativas al inicio, inspección y resolución de expedientes de disciplina urbanística.
Visto que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 8 de abril de 2026 se avocaron temporalmente las competencias delegadas en D. Eduardo Recio Álvarez y se delegaron en D. Francisco Javier Pérez Reino las atribuciones genéricas en materia de Urbanismo, Vivienda y Obras Públicas, así como las competencias en materia de disciplina urbanística.
Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como en los artículos 43, 44 y 114 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía puede avocar en cualquier momento las competencias delegadas.
Considerando conveniente restituir a D. Eduardo Recio Álvarez el ejercicio de las competencias que venía desempeñando con anterioridad al Decreto de fecha 8 de abril de 2026, en aras de una adecuada organización y funcionamiento de los servicios municipales.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVE
Primer..Revocar la delegación conferida a D. Francisco Javier Pérez Reino mediante Decreto de Alcaldía de fecha 8 de abril de 2026, relativa a:
.	Las atribuciones genéricas en materia de Urbanismo, Vivienda y Obras Públicas.
.	Las competencias en materia de disciplina urbanística (inicio, inspección y resolución de expedientes).
Todo ello sin perjuicio de la validez de los actos dictados hasta la fecha en el ejercicio de dichas delegaciones.
Segundo..Restituir y delegar nuevamente en D. Eduardo Recio Álvarez, primer teniente de alcalde, el ejercicio de las competencias anteriormente revocadas, correspondientes a los Decretos número 2023-0897 y número 2023-0946, comprensivas de:
.	Las atribuciones genéricas en materia de Urbanismo, Vivienda y Obras Públicas.
.	El inicio, inspección y resolución de expedientes de disciplina urbanística, dentro de los límites establecidos en la normativa vigente.
La presente delegación comprenderá tanto la dirección de los servicios como su gestión, incluida la facultad de dictar actos administrativos que afecten a terceros, en los términos previstos en el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Tercero..La delegación conferida se ejercerá en los términos establecidos en el Decreto de delegaciones de fecha 21 de junio de 2023, siendo de aplicación el régimen general previsto en el mismo.
Cuarto..Notificar la presente Resolución a los interesados, que se entenderá aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en el plazo de veinticuatro horas, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Quinto..Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Sexto..Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre”.
Brunete, a 20 de mayo de 2026..La alcaldesa-presidenta, María del Mar Nicolás Robledano.
(03/8.241/26)</texto>
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