<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20260610-61</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2026/06/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Ciempozuelos. Régimen económico. Anexo inversiones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>136</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20260610-61</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/10/BOCM-20260610-61.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/10/BOCM-20260610-61.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/10/BOCM-20260610-61.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/10/BOCM-20260610-61.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>CIEMPOZUELOS</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
61Ciempozuelos. Régimen económico. Anexo inversiones
El Pleno del Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión ordinaria, celebrada el día 28 de mayo de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, de aprobación inicial de la modificación del Anexo de Inversiones número 02/2026 del presupuesto municipal, que en su parte resolutiva dice lo siguiente:
1.o  Modificar el Anexo de Inversiones de la siguiente forma:
I.  Nuevos proyectos de gasto y su financiación modificar el Anexo de Inversiones (modificación número 02/2026) del vigente presupuesto municipal de manera que se incorpore al mismo los siguientes proyectos de gasto, que se financiarán con los siguientes recursos:

2.o  Exponer al público la modificación aprobada por plazo de quince días hábiles, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. Se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones. En caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas y adoptar acuerdo de aprobación definitiva.
3.o  Facultar a la Sra. alcaldesa para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.
Ciempozuelos, a 1 de junio de 2026..La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.
(03/9.015/26)</texto>
</documento>