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    <titulo>– Galapagar. Organización y funcionamiento. Ordenanza participación ciudadana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
56Galapagar. Organización y funcionamiento. Ordenanza participación ciudadana
El Pleno del Ayuntamiento de Galapagar, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2026, acordó aprobar inicialmente la aprobación inicial de la ordenanza de participación ciudadana del Ayuntamiento de Galapagar, disponiendo la apertura del período de información pública.
De conformidad con lo previsto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la mencionada aprobación inicial se somete a información pública por el plazo de 30 días hábiles, a partir de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que se puedan presentar reclamaciones y sugerencias al documento, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
La revisión del contenido de la documentación en formato digital podrá realizarse en el tablón de anuncios de la sede municipal y en el portal de transparencia del Ayuntamiento.
Galapagar, a 3 de junio de 2026..El alcalde-presidente accidental, Ángel Camacho Lázaro.
(03/9.224/26)</texto>
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