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    <titulo>– Aranjuez. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
54Aranjuez. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Convocatoria y bases reguladoras de ayudas para la realización de actividades socioeducativas en días no lectivos de verano 2026 (curso 2025-2026).
BDNS (Identif.): 911178
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ ).
1.  Objeto..La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de becas por parte del Ayuntamiento dirigidas a sufragar parte del coste de las Actividades que se realizan en los centros educativos durante el verano de 2026 (desde el 22 de junio al inicio del curso escolar en septiembre de 2026). Estas becas tienen como objetivo fundamental, por un lado, ayudar a las familias con carencias económicas, en situación de vulnerabilidad social y por otro posibilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.
2.  Beneficiarios..Podrán ser beneficiarios de estas becas los padres/madres o tutores legales de alumnos que cursen estudios de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la localidad, que cumplan los siguientes requisitos:
1.	La unidad familiar solicitante de la ayuda debe estar empadronada en la localidad. A estos efectos, el solicitante de la beca autoriza a la Delegación de Educación a comprobar de oficio el empadronamiento de la unidad familiar a través del Padrón Municipal de Habitantes.
2.	Solo podrán solicitar estas ayudas aquellas familias que en el año 2024, tuviesen una renta per cápita inferior a 1,5 veces el IPREM (7.200,00 x 1,5) 10.800,00 euros. Aquellas solicitudes que superen este umbral de renta per cápita serán excluidas de la presente convocatoria.
3.	Las personas solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Aranjuez y en las Bases de Ejecución del Presupuesto, y no estar incusas en prohibición para obtener la condición de beneficiarias, en los términos legalmente previstos.
4.	Deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Aranjuez a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las comprobaciones que procedan respecto de otras obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social cuando resulten exigibles. La presentación de la solicitud comportara la autorización para la comprobación municipal de los extremos que puedan verificarse de oficio, salvo oposición expresa en los términos previstos en la normativa aplicable.
3.  Cuantía global máxima..Al objeto de financiar las becas que se rigen por la presente convocatoria, el Ayuntamiento de Aranjuez destinará hasta la cantidad de 14.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 41.3340.48100.
4.  Solicitudes, lugar y plazo de presentación..Las solicitudes de ayuda se entregarán debidamente cumplimentadas, con toda la documentación requerida, en la Oficina de Atención al Ciudadano, O.A.C. (Registro General del Ayuntamiento, sin cita previa). El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Aranjuez, a 8 de junio de 2026..La concejala de Educación, María Pilar Dávila López.
(03/9.442/26)</texto>
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