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    <titulo>– Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
73Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de 26 de marzo de 2026, sobre la modificación de ordenanza fiscal por realización de actividades administrativas de competencia local en edificios públicos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
«Se modifican los artículos 6, 8 y 9, quedando de la siguiente manera:
“Art. 6.  Devengo..De conformidad con lo previsto en el artículo 26.1 a) de la Ley 39/1988, se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la realización de la actividad.
a)	Alquiler de espacio público para celebración de bodas administrativas.
	Salas para la celebración de bodas: aquellos espacios públicos disponibles, según criterio y disponibilidad que establezca el Ayuntamiento.

	A los efectos de esta ordenanza, los empadronados tienen que serlo con una antelación de un año a la fecha en que presente la solicitud para la autorización de la actividad”.
“Art. 8.  Fechas y horarios. Calendario de bodas..El calendario de bodas y horarios se establecerá por decreto anualmente”.
“Art. 9.  Boda administrativa..Los oficiantes de bodas administrativas están recogidos en la ley y sólo tienen la obligación de leer los artículos del Código Civil”».
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Hoyo de Manzanares, a 5 de junio de 2026..El concejal de Hacienda, Daniel Morera Alonso.
(03/9.541/26)</texto>
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